Estefanía Carrós i Mur (1455-1511) es un caso claro de vocación docente y de defensa de la libertad de decisión de las mujeres, empezando por la suya propia. Rechazó contraer matrimonio o entrar en un convento, optó por el celibato y dedicó su vida a la formación de jóvenes nobles a las que inculcó el derecho a elegir responsable y libremente sobre su vida.
La futura maestra era hija de Brianda de Mur y de Nicolau Carrós. Cuando el padre fue nombrado virrey de Cerdeña (1461-1478) la niña quedó en el reino de Aragón al cuidado de su tía Isabel de Mur, que era aya de la infanta Juana, hija del rey Juan II y de Juana Enríquez, de edad parecida a Estefanía. La niña recibió la educación reservada a las jóvenes de la nobleza, aprendió a leer y a escribir, en un ambiente de profunda religiosidad. Al morir su padre, el año 1479, se trasladó a la casa paterna de Barcelona, donde vivió la mayor parte de su vida, gracias a la herencia recibida y a los ingresos obtenidos en el ejercicio de la docencia.
Esta capacidad de decisión no era en absoluto la habitual en el siglos XV; las mujeres estaban entonces sometidas a las autoridad paterna o marital -a una autoridad masculina, en suma- y, llegadas a la edad núbil solo tenían dos alternativas: aceptar el marido que hubieran elegido sus padres o ingresar en el convento. Estefanía no deseaba casarse ni entrar en religión, pese a ser buena creyente. Había decidido que quería dedicarse a la enseñanza y permanecer soltera.
Tenía a su favor que disponía de bienes suficientes para mantenerse, no dependía económicamente de nadie. Así, pues, convirtió su casa en un internado donde los padres depositaban a sus hijas para ser educadas. Una de estas niñas encomendadas a Estefanía Carrós fue Juana de Aragón, hija extramatrimonial reconocida de Fernando el Católico, quien costeó la educación de la criatura.
El programa didáctico de Carrós incluía la formación religiosa y la enseñanza en las tareas que se consideraban femeninas tales como coser, bordar, hilar o tejer, además del aprendizaje de la escritura y la lectura. Lo que hace de Estefanía una maestra adelantada a su tiempo es que, junto a esas disciplinas, instruía a sus alumnas en conceptos como la libertad y la responsabilidad personal. Hay que recordar que las leyes de la época no contemplaban la libertad de las mujeres a la hora de elegir matrimonio.
Carrós debió ganarse el respeto como maestra pues fue tratada como persona de autoridad. Juan de So, uno de los nobles que le había encomendado la educación de su hija, Aldonça de So, la designó su albacea testamentaria. No solo eso, dejó un legado a su hija, que debía recibir cuando se casara, a condición de que lo hiciera con el consentimiento de la maestra. Muerto el padre siendo Aldonça menor de edad, Estefanía incluyó en su testamento el legado de la joven, al que añadió un legado suyo, con el mandato de que pudiera escoger libremente.
Ella misma redactó su testamento, un prolijo documento de doce folios con disposiciones precisas de su voluntad, que validó el notario Joan Vilaplana. Este documento, de gran valor documental, permite conocer la personalidad de Estefanía Carrós y el carácter innovador de su plan docente. Ignoramos si hubo otras mujeres avanzadas que alentaran a sus coetáneas a reclamar su derecho a decidir libremente, de las que no ha quedado constancia por no haber testado o por haberse perdido los documentos que hablaban por ellas o de ellas.
Fuente: Usos amorosos de las mujeres en la época medieval. Teresa Vinyoles Vidal.
Foto: Mujer enseñando geometría. Biblioteca Británica. Wikimedia
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